|
La parte más peligrosa de cualquier transformación, trátese de índole legal o institucional, es que se tenga una mirada hacia ella de contentamiento vinculada al discurso político de sólo hay que aprender haciendo con lo que se menosprecia el conocimiento teórico-funcional de las instituciones jurídicas que integran el sistema acusatorio en materia penal. De ahí que esta obra tiene una mirada académica menos ingenua, que no pierde de vista las matrices teóricas que sustentan las distintas figuras jurídicas, a su vez que observa la práctica y el mercado de intereses que se mueven alrededor de esas categorías procesales; todo ello, con el fin de evitar minimizar los usos, las costumbres y las prácticas judiciales como un defecto del sistema y observarlas como lo que realmente son: un efecto de sus operadores, entendido, éste como el resultado efectivo de un fenómeno que exige ser eliminado.
|