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Este libro es así llamado bajo el esquema de la metodología analítica comparada, de lo que realmente es en sí su semántica y praxis deontológica, esto es, la técnica y los medios de investigación; en otras palabras, toda técnica de investigación, debe ser indefectiblemente científica, objetiva y metodológica, incluso pedagógicamente, pues son distintas por sus variables, toda vez que la propia doctrina en esta materia, así como lo ordenan los cánones de la Teoría General del Proceso en materia penal, tiene que ir precisamente enfocada al hecho como posible delito y, siendo ello la razón primordial de este trabajo, planteó esta diferenciación analítico comparativa por la gran confusión que se describe en el Código Nacional de Procedimientos Penales, libro segundo, título III, capítulo 3, referente a las técnicas de investigación descritas en los artículos 227 al 252; pues el uso práctico que se matiza en los expedientes de investigación, se da precisamente por estos medios, datos, indicios y medios de prueba o de convicción, distintos a la edificación estructural predestinada al probadum de la investigación, apoyada con la diligenciación de la cadena de custodia como modalidad de actuación ministerial y policial, mas nunca con respecto al aseguramiento en las diversas modalidades o decomisos que requieran o no autorización judicial, ya que de manera inexcusable, por ser fuente pedagógica, tienen que observarse y aplicarse a través de las técnicas de investigación, y no con las figuras jurídicas del decomiso o aseguramiento; pues, reitero, la cadena de custodia es una diligencia para mejor proveer, dar seguridad y credibilidad a la actuación del policía, del ministerio público e incluso del propio perito, para así lograr una vinculación a proceso y, por qué no, a una sentencia condenatoria.
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