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* Cuestiones conceptuales
* Actos de investigación
* Control jurídico del acto probatorio
* Investigación y medios de prueba
Tiene usted en sus manos un tercer texto sobre el Proceso Penal Mexicano. Este libro nos introduce en un valioso camino: el camino hacia la prueba. Este libro nos permite descubrir cómo se produce la verdad desde la prueba. Se entiende que el cuarto tomo sea sobre la nulidad de la prueba y, por eso, este libro nos permite mirar, con asombro, cómo los errores destruyen la prueba, como la prueba que prueba un hecho delictivo deja de probar, deja de ser prueba. Este libro nos permite comprender por qué el culpable termina, sin serlo, un inocente, porque nadie puede tenerlo probatoriamente por culpable. ¿Un camino complejo? ¡No! Un camino que se debe conocer para no perderse; un camino que se debe dominar para no cometer errores; un camino en el cual, hay muchas tentaciones en las que no podemos caer, porque podemos hacer de algo bueno, algo malo.
Cuando estudiamos el tema de la prueba y lo hacemos en México que ha producido una distinción conceptual entre dato, medio y prueba (Cfr: art. 261), procuramos tratar de comprender, como siempre, qué quiso decir el legislador con, por ejemplo, dato, medio, elemento, objeto, instrumento, etc., de prueba. Cuando igualmente nos proponemos distinguir entre los distintos criminalistas y sus resultados probatorios, nos percatamos de la importancia del “foro”, esto es, que los criminalistas no analizan un hecho sino desde los distintos medios de prueba, es decir, indicios, evidencias, datos, medios, pruebas. Especialmente, qué distinto es escuchar a un experto en razonamiento probatorio cuando ha salido del escritorio para aprender en las salas de juicio y/o cuando ha escuchado al médico forense en el anfiteatro y/o los químicos, genetistas, criminalísticas, etc., y que nos dice un abogado experto que a la vez ha estado en audiencia. Lo primero que tenemos que exigir para hablar de pruebas es que la verdad es posible y que, gracias a la prueba, es posible arribar a la verdad de un hecho y, que, si estamos en derecho penal, en proceso penal es posible, casi siempre posible, arribar a la verdad del hecho delictivo. Nos introducimos, con este libro, en la pregunta: ¿qué prueba se necesita para probar?¿cuándo esa prueba prueba y cuándo esa prueba no prueba? ¿cómo debe valorarse la prueba para que pruebe?
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