VISITAS DE VERIFICACIÓN DE ESTACIONES DE SERVICIOS. EL INCUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS PREVISTOS EN EL PROTOCOLO DE VERIFICACIÓN DE ESTACIONES DE SERVICIO, PARA LA IDENTIFICACIÓN DE LOS VERIFICADORES DE LA PROCURADURÍA FEDERAL DEL CONSUMIDOR, NO TRASCIENDE EN LA LEGALIDAD DE LAS ACTAS DE VISITA PRACTICADAS POR ÉSTOS.- | JURISPRUDENCIA NÚM. IX-J-SS-71 | 7 |
DEVOLUCIÓN DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO.- LOS COMPROBANTES FISCALES DE INGRESOS DEBEN CUMPLIR CON LOS REQUISITOS QUE REFIEREN LOS ARTÍCULOS 29 Y 29-A DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN (LEGISLACIONES VIGENTES EN 2016, 2017 y 2018).- | JURISPRUDENCIA NÚM. IX-J-SS-72 | 24 |
AUTORIDADES FISCALES. LA OBLIGACIÓN DE INDICAR EL MEDIO DE DEFENSA PROCEDENTE EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 23 DE LA LEY FEDERAL DE LOS DERECHOS DEL CONTRIBUYENTE EN UN ACTO ADMINISTRATIVO, NO IMPLICA QUE SEA PROCEDENTE, YA QUE DEBE ATENDERSE A LAS DISPOSICIONES LEGALES APLICABLES.- | JURISPRUDENCIA NÚM. IX-J-SS-73 | 61 |