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Segunda Sección
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JURISPRUDENCIA NÚM. VIII-J-2aS-122
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CONFLICTO COMPETENCIAL POR MATERIA. AL RESOLVERSE DEBE DETERMINARSE TAMBIÉN LA SALA COMPETENTE POR RAZÓN DE TERRITORIO, EN EL SUPUESTO EN QUE LA ACTORA SE TRATE DE UNA PERSONA MORAL QUE FORMA PARTE DEL SISTEMA FINANCIERO MEXICANO, EN TÉRMINOS DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.-
Si al resolverse un conflicto de competencia por razón de materia suscitado entre una Sala Regional y la Sala Especializada en Materia Ambiental y de Regulación, se determina que no se actualiza la competencia material de dicha Sala Especializada, al tratarse de la impugnación de adeudos por concepto de derechos por servicios de inspección y vigilancia proporcionados por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, que adquieren la categoría de contribuciones (créditos fiscales) en términos del artículo 2, fracción IV, del Código Fiscal de la Federación y del análisis a los planteamientos expuestos en el conflicto de competencia por materia así como a las constancias que conforman el juicio contencioso administrativo, se advierte que la parte actora es una persona moral que forma parte del Sistema Financiero Mexicano, en términos del artículo 7 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, la Sección de la Sala Superior que esté conociendo del asunto, en términos del artículo 34, primer párrafo, fracción I, inciso a), segundo párrafo de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, tiene facultades para determinar también la Sala competente en razón del territorio, aun cuando ello implique reconducir la vía a un incidente de incompetencia territorial, al ubicarse en uno de los supuestos de excepción previstos en el citado precepto legal. (Tesis de jurisprudencia aprobada por acuerdo G/S2/12/2021)
PRECEDENTES:
VIII-P-2aS-434 Conflicto de Competencia por Razón de Materia Núm. 2705/17-02-01-7/2951/18-EAR-01-5/2491/18-S2-06-06.Resuelto por la Segunda Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en sesión de 5 de marzo de 2019, por unanimidad de 5 votos a favor.- Magistrado Ponente: Juan Manuel Jiménez Illescas.- Secretario: Lic. David Alejandro Alpide Tovar. (Tesis aprobada en sesión de 11 de abril de 2019) R.T.F.J.A. Octava Época. Año IV. No. 33. Abril 2019. p. 346
VIII-P-2aS-450 Conflicto de Competencia por Razón de Materia Núm. 29129/18-17-08-8/513/19-EAR-01-9/447/19-S2-06-06.- Resuelto por la Segunda Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en sesión de 7 de mayo de 2019, por unanimidad de 5 votos a favor.- Magistrado Ponente: Juan Manuel Jiménez Illescas.- Secretario: Lic. Galdino Orozco Parejas. (Tesis aprobada en sesión de 7 de mayo de 2019) R.T.F.J.A. Octava Época. Año IV. No. 35. Junio 2019. p. 198
VIII-P-2aS-534 Conflicto de Competencia por Razón de Materia Núm. 4719/19-07-02-3/2219/19-EAR-01-4/1219/19-S2-06-06.Resuelto por la Segunda Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en sesión de 8 de octubre de 2019, por unanimidad de 5 votos a favor. Magistrado Ponente: Juan Manuel Jiménez Illescas.- Secretario: Lic. Galdino Orozco Parejas. (Tesis aprobada en sesión de 8 de octubre de 2019) R.T.F.J.A. Octava Época. Año IV. No. 40. Noviembre 2019. p. 295
VIII-P-2aS-697 Conflicto de Competencia por Razón de Materia Núm. 1010/20-05-01-1/1497/20-EAR-01-3/670/20-S2-09-06.Resuelto por la Segunda Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en sesión realizada a distancia el 11 de marzo de 2021, por unanimidad de 5 votos a favor.- Magistrado Ponente: Alfredo Salgado Loyo.- Secretaria: Lic. Ofelia Adriana Díaz de la Cueva. (Tesis aprobada en sesión a distancia de 11 de marzo de 2021) R.T.F.J.A. Octava Época. Año VI. No. 52. Marzo 2021. p. 334
VIII-P-2aS-698 Conflicto de Competencia por Razón de Materia Núm. 1556/20-09-01-6/1879/20-EAR-01-4/776/20-S2-10-06.- Resuelto por la Segunda Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en sesión realizada a distancia el 18 de marzo de 2021, por unanimidad de 5 votos a favor.- Magistrado Ponente: Carlos Mena Adame.Secretario: Lic. Francisco Javier Martínez Rivera. (Tesis aprobada en sesión a distancia de 18 de marzo de 2021) R.T.F.J.A. Octava Época. Año VI. No. 52. Marzo 2021. p. 334
Así lo acordó la Segunda Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en la sesión pública ordinaria el día primero de julio de dos mil veintiuno.- Firman, el Magistrado Doctor Carlos Mena Adame, Presidente de la Segunda Sección, el Licenciado Tomás Enrique Sánchez Silva, Secretario Adjunto de Acuerdos de la Segunda Sección, quien da fe.
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