JURISPRUDENCIAS DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
Jurisconsulta SCJN
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Epoca: Séptima Epoca  
Libro: Ano I No. 3 / Octubre 2011
Sala: Primera Sección
Tesis: VI-P-1aS-481  
Página: 162  

DOCUMENTO EN IDIOMA DISTINTO AL ESPAÑOL.- ES INNECESARIO TRADUCIRLO SI SÓLO SE REQUIERE ANALIZAR LA FECHA DE ELABORACIÓN DEL MISMO.-

Si en un juicio contencioso administrativo se exhibe como prueba una documental en idioma distinto al español, será innecesario solicitar su traducción, cuando el dato que se requiera valorar consista en la fecha en que se haya elaborado dicho documento, ya que para ello no se requiere mayor conocimiento técnico para conocer la fecha en que el documento se expidió, por lo que el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa podrá valorar la prueba en el idioma en que haya sido ofrecida.

Juicio Contencioso Administrativo Núm. 31996/08-17-07-8/1590/10-S1-02-03.- Resuelto por la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 7 de junio de 2011, por mayoría de 4 votos a favor y 1 voto en contra.- Magistrada Ponente: Nora Elizabeth Urby Genel.- Secretario: Lic. Juan Pablo Garduño Venegas.
(Tesis aprobada en sesión de 20 de septiembre de 2011)