JURISPRUDENCIAS DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
Jurisconsulta SCJN
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Epoca: Séptima Epoca  
Libro: Ano I No. 3 / Octubre 2011
Sala: Primera Sección
Tesis: VII-P-1aS-38  
Página: 81  

TRATO ARANCELARIO PREFERENCIAL AL AMPARO DEL TLCAN.- DEBE NEGARSE SI EL PRODUCTOR SE OPONE A LA VERIFICACIÓN DE ORIGEN O SI DE SU REALIZACIÓN SE DETERMINA QUE LA MERCANCÍA NO CALIFICA COMO ORIGINARIA, A PESAR DE QUE EL CERTIFICADO DE ORIGEN ESTÉ DEBIDAMENTE REQUISITADO.-

El trato arancelario preferencial previsto en el Tratado de Libre Comercio de América del Norte, opera cuando el importador acredita que la mercancía es originaria de una de las Partes integrantes, utilizando para ello, el certificado de origen respectivo expedido por el exportador o productor, mismo que de ser exhibido correctamente requisitado, permite a la autoridad considerar, en principio, satisfecho tal acreditamiento, sin embargo, los Estados contratantes se reservaron la prerrogativa, de verificar el origen de la mercancía, a través de sus respectivas autoridades aduaneras y procedimientos indicados en el artículo 506 del citado Tratado, de tal modo que si realizada la revisión, se determina que los bienes no califican como originarios, o bien, el productor se opone a que la autoridad nacional realice esa revisión, la consecuencia será la negativa a otorgar el trato arancelario preferencial a los bienes importados de que se trate, no obstante que los certificados de origen exhibidos hubiesen sido llenados correctamente y se hubiesen presentado con oportunidad, pues al no ser realmente originarios los bienes o al haberse impedido la revisión (cuya consecuencia sería considerar también que los bienes no califican como originarios) los certificados emitidos por productores o exportadores no pueden considerarse válidos bajo ninguna circunstancia.

PRECEDENTES:

V-P-1aS-141
Juicio No. 12864/01-17-08-6/720/02-S1-04-03.- Resuelto por la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 15 de octubre de 2002, por unanimidad de 5 votos a favor.- Magistrado Ponente: Jorge Alberto García Cáceres.- Secretario: Lic. Ricardo Arteaga Magallón.
(Tesis aprobada en sesión de 14 de enero de 2003)
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año III. Tomo I. No. 29. Mayo 2003. p. 327

VI-P-1aS-468
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 31994/09-17-02-4/373/11-S1-03-03.- Resuelto por la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 14 de junio de 2011, por unanimidad de 5 votos a favor.- Magistrado Ponente: Manuel Luciano Hallivis Pelayo.- Secretaria: Lic. Elizabeth Ortiz Guzmán.
(Tesis aprobada en sesión de 14 de junio de 2011)
R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año I. No. 1. Agosto 2011. p. 109

VII-P-1aS-3
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 1704/10-03-01-1/171/11-S1-05-03.- Resuelto por la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 4 de agosto de 2011, por mayoría de 4 votos a favor y 1 voto en contra.- Magistrado Ponente: Juan Ángel Chávez Ramírez.- Secretario: Lic. Francisco Enrique Valdovinos Elizalde.
(Tesis aprobada en sesión de 4 de agosto de 2011)
R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año I. No. 2. Septiembre 2011. p. 15

REITERACIÓN QUE SE PUBLICA:

VII-P-1aS-38
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 2289/10-17-12-5/2545/10-S1-03-03.- Resuelto por la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 20 de septiembre de 2011, por mayoría de 4 votos a favor y 1 voto en contra.- Magistrado Ponente: Manuel Luciano Hallivis Pelayo.- Secretaria: Lic. Elizabeth Ortíz Guzmán.
(Tesis aprobada en sesión de 20 de septiembre de 2011)