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Epoca:
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Séptima Epoca
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Libro:
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Ano I No. 3 / Octubre 2011
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Sala:
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Primera Sección
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Tesis:
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VII-P-1aS-19
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Página:
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37
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CASOS EN LOS QUE LA AUTORIDAD ADUANERA ESTÁ OBLIGADA A NOTIFICAR POR ESCRITO A LA PARTE IMPORTADORA, LA RESOLUCIÓN DEFINITIVA CON LA QUE CULMINA EL PROCEDIMIENTO DE VERIFICACIÓN DE ORIGEN.-
Cuando en la resolución definitiva con la que culmina el procedimiento de verificación de origen, la autoridad haya determinado que cierto bien importado a su territorio, no calificó como originario de acuerdo con la clasificación arancelaria o con el valor aplicado a uno o más materiales utilizados en la producción del bien, y ello difiera de la clasificación arancelaria o del valor aplicados a los materiales por la parte de cuyo territorio se ha exportado el bien, la autoridad estará obligada a notificar por escrito al importador dicha resolución, dado que de conformidad con el artículo 506, punto 11, del Tratado de Libre Comercio de América del Norte, la resolución definitiva del procedimiento de verificación de origen, no surtirá efectos hasta que la autoridad que determinó la invalidez del certificado de origen de los bienes importados, la notifique por escrito, tanto al importador del bien, como a la persona que haya llenado y firmado el certificado de origen que lo ampara; es decir, el exportador o productor.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 4609/10-11-02-4/756/11-S1-03-03.- Resuelto por la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 9 de agosto de 2011, por unanimidad de 5 votos a favor.- Magistrado Ponente: Manuel Luciano Hallivis Pelayo.- Secretaria: Lic. Alma Rosa Navarro Godínez. (Tesis aprobada en sesión de 9 de agosto de 2011)
EN EL MISMO SENTIDO:
VII-P-1aS-20
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 2289/10-17-12-5/2545/10-S1-03-03.- Resuelto por la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 20 de septiembre de 2011, por mayoría de 4 votos a favor y 1 voto en contra.- Magistrado Ponente: Manuel Luciano Hallivis Pelayo.- Secretaria: Lic. Elizabeth Ortíz Guzmán. (Tesis aprobada en sesión de 20 de septiembre de 2011)
VII-P-1aS-21
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 423/11-03-01-5/936/11-S1-02-03.- Resuelto por la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 27 de septiembre de 2011, por mayoría de 4 votos a favor y 1 voto con los puntos resolutivos.- Magistrada Ponente: Nora Elizabeth Urby Genel.- Secretaria: Lic. María del Consuelo Hernández Márquez. (Tesis aprobada en sesión de 27 de septiembre de 2011)
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