JURISPRUDENCIAS DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
Jurisconsulta SCJN
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Epoca: Quinta Epoca  
Libro: Año VII No. 84, Diciembre de 2007
Sala: Primera Sección
Tesis: JURISPRUDENCIA N° V-J-1aS-22  
Página: 13  

ACEPTACIÓN TÁCITA DE LA COMPETENCIA. EL CUMPLIMIENTO DE UN REQUERIMIENTO DE LA AUTORIDAD SIN CONTROVERTIR SUS ATRIBUCIONES LEGALES, NO INDICA LA CONFORMIDAD DEL ACTOR CON LAS MISMAS.-

Partiendo de que la competencia en materia administrativa puede definirse como el conjunto de facultades, obligaciones y poderes atribuidos por el derecho positivo a un determinado órgano administrativo; las normas que la establecen son de orden público, pues éstas se forman atendiendo a ese interés y, no al del órgano del Estado, por lo que aquélla es irrenunciable e improrrogable. Luego entonces, el hecho de que el gobernado, con el fin de evitarse conflictos con la administración pública cumpla con un requerimiento de la autoridad, sin controvertir su competencia, de ninguna forma constituye aceptación tácita que legitima su actuación. Del mismo modo hay que tener presente que el fundamento de la competencia de las autoridades es un elemento esencial del acto de autoridad, en cuanto requisito de legalidad del mismo, pues ello permite acreditar que cuenta con atribuciones legales que sustentan su actuación, por lo que la omisión o insuficiencia de esta exigencia, puede impugnarse por los particulares en el momento en que les produzca lesión a su interés jurídico, lo cual se corrobora con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo que establece el estudio, aún de oficio, de la competencia del emisor de los actos impugnados en juicio, comprendiendo su debido acreditamiento y fundamentación, trátese de la resolución final o de alguno de los actos que le sirven de antecedente o apoyo, por lo que no es válido admitir como viable el argumento de sumisión tácita del particular a la competencia de la autoridad, pues con ello se estarían convalidando actos viciados desde su origen por provenir de autoridades incompetentes, lo cual es legalmente inaceptable. (3)

(Tesis de jurisprudencia aprobada por acuerdo G/S 1-12/2007)

PRECEDENTES:

V-P-1aS-413
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 1036/06-03-01-3/956/06-S1-02-03.- Resuelto por la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 22 de marzo de 2007, por unanimidad de 4 votos a favor.- Magistrada Ponente: María del Consuelo Villalobos Ortíz.- Secretaria: Lic. Alejandra Pastrana Flores.
(Tesis aprobada en sesión de 19 de junio de 2007)
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año VII. No. 80. Agosto 2007. p. 19

V-P-1aS-414
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 1033/06-03-01-6/903/06-S1-02-03.- Resuelto por la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 22 de marzo de 2007, por unanimidad de 4 votos a favor.- Magistrada Ponente: María del Consuelo Villalobos Ortíz.- Secretaria: Lic. Alejandra Pastrana Flores.
(Tesis aprobada en sesión de 19 de junio de 2007)
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año VII. No. 80. Agosto 2007. p. 19

V-P-1aS-415
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 1056/06-03-01-2/86/07-S1-04-03.- Resuelto por la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 22 de marzo de 2007, por unanimidad de 4 votos a favor.- Magistrado Ponente: Jorge Alberto García Cáceres.- Secretario: Lic. José Antonio Rivera Vargas.
(Tesis aprobada en sesión de 19 de junio de 2007)
R.T.F.J.F.A. Quinta Epoca. Año VII. No. 80. Agosto 2007. p. 19

V-P-1aS-416
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 1024/06-03-01-6/901/06-S 1-01-03.- Resuelto por la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 22 de marzo de 2007, por unanimidad de 4 votos a favor.- Magistrado Ponente: Luis Humberto Delgadillo Gutiérrez.- Secretario: Lic. César Octavio Irigoyen Urdapilleta.
(Tesis aprobada en sesión de 19 de junio de 2007)
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año VII. No. 80. Agosto 2007. p. 19

V-P-1aS-417
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 1054/06-03-01-5/83/07-S1-02-03.- Resuelto por la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 22 de marzo de 2007, por unanimidad de 4 votos a favor.- Magistrada Ponente: María del Consuelo Villalobos Ortíz.- Secretaria: Lic. Esmeralda Reyes Durán.
(Tesis aprobada en sesión de 19 de junio de 2007)
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año VII. No. 80. Agosto 2007. p. 19

Así lo acordó la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión celebrada el 13 de noviembre de dos mil siete.- Firman el Magistrado Manuel Luciano Hallivis Pelayo, Presidente de la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, y la Licenciada K’antunil Alcyone Arriola Salinas, Secretaria Adjunta de Acuerdos, quien da fe.