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Epoca:
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Quinta Epoca
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Libro:
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Tomo CXXXII
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Sala:
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Primera Sala
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Tesis:
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1a.
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Página:
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452
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CHEQUES SIN FONDOS, DELITO DE LIBRAMIENTO DE. NO ES LEGALMENTE FRAUDE.
El hecho de que el artículo 193 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito que señala elementos distintos al fraude remita para la imposición de la pena, al artículo 386 del Código Penal Federal no es motivo para afirmar que sea fraude el delito a que se refiere aquel precepto, pues esas remisiones son comunes en la legislación penal, como acontece por ejemplo con el delito de daño en propiedad ajena y en el que se remite para su penalidad a las reglas del robo, sin que por esto puedan ser confundidos uno y otro delito.
Amparo directo 129/56. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 26 de junio de 1957. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Carlos Franco Sodi.
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