Jurisprudencias de la Suprema Corte de Justicia de la Nación
Jurisconsulta SCJN
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Epoca: Séptima Epoca  
Libro: Volumen 217-228 Séptima Parte
Sala: Sala auxiliar
Tesis: 5a.  
Página: 288  

TESTIGOS, RETRACTACION INEFICAZ DE LOS.

Si en el careo que sostienen con el inculpado, los testigos se retractaron de sus iniciales manifestaciones, esto es, que en esos careos no le hacen cargos, si no explican ni acreditan el motivo de esa retractación, cobra vigencia el principio de inmediatez procesal, según el cual las declaraciones que se producen a raíz de sucedidos los hechos deben prevalecer sobre las posteriores, por ser rendidas sin tiempo suficiente de aleccionamiento o de consejo alguno.

Amparo directo 8834/84. Trinidad Almeida Córdova. 26 de febrero de 1987. Mayoría de tres votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Disidente: Guillermo Guzmán Orozco.