Jurisprudencias de la Suprema Corte de Justicia de la Nación
Jurisconsulta SCJN
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Epoca: Séptima Epoca  
Libro: Volumen 217-228 Séptima Parte
Sala: Sala auxiliar
Tesis: 5a.  
Página: 275  

TESTIGOS, RETRACTACION DE.

La retractación de los testigos sólo se admite en el enjuiciamiento penal cuando, además de fundarse tales retractaciones, están demostrando los fundamentos a los motivos invocados para justificarlas.

Amparo directo 1145/86. Luis Roberto Fernando Cañedo. 28 de mayo de 1987. Disidente: Guillermo Guzmán Orozco.