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Epoca:
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Séptima Epoca
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Libro:
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Volumen 217-228 Séptima Parte
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Sala:
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Sala auxiliar
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Tesis:
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5a.
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Página:
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250
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SINDICATOS, CANCELACION DEL REGISTRO DE LOS. IMPROCEDENCIA DE LA ORDEN.
Es improcedente la orden de cancelación del registro de un sindicato de trabajadores, emitida por la Junta de Conciliación y Arbitraje, en el caso de que se den por terminadas las relaciones laborales por parte de la empresa, pero existan prestaciones pendientes de liquidar debidamente a los miembros del sindicato.
Amparo directo 6973/83. Sindicato de Trabajadores de la Empresa Cerveza y Refrescos, S. A. 20 de agosto de 1987. 5 votos. Ponente: Sergio Hugo Chapital Gutiérrez.
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