Jurisprudencias de la Suprema Corte de Justicia de la Nación
Jurisconsulta SCJN
Jurisconsulta SCJN
Epoca: Séptima Epoca  
Libro: Volumen 217-228 Séptima Parte
Sala: Sala auxiliar
Tesis: 5a.  
Página: 225  

SALUD, DELITO CONTRA LA. COSECHA. NO ABSORBE A LA POSESION AUTONOMA.

Tratándose del delito contra la salud, es cierto que la modalidad de cosecha absorbe a la de posesión, pero este criterio sólo es aplicable en la hipótesis en que la posesión atribuida se haga consistir en la actividad comprendida por la modalidad citada, pero no cuando la tenencia del estupefaciente tenga autonomía, en razón de haberse realizado con posterioridad a cuando se consumó la cosecha.

Amparo directo 7992/85. Crescencio Mendoza Ruiz. 3 de septiembre de 1987. Mayoría de 3 votos. Disidente: Guillermo Guzmán Orozco.