Jurisprudencias de la Suprema Corte de Justicia de la Nación
Jurisconsulta SCJN
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Epoca: Séptima Epoca  
Libro: Volumen 217-228 Séptima Parte
Sala: Sala auxiliar
Tesis: 5a.  
Página: 220  

RELACION DE TRABAJO, A QUIEN CORRESPONDE PROBAR LA.

En un conflicto individual de trabajo, es necesario que con prueba documental debidamente acreditada en autos, se pruebe la relación de trabajo; teniendo que acreditar dicha documental "el trabajador", no el patrón, a quien no le corresponde en este caso la carga de la prueba.

Amparo directo 5553/85. Gabriel Carmona Velasco. 28 de abril de 1987. 5 votos. Ponente: Martha Chávez Padrón.