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Epoca:
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Séptima Epoca
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Libro:
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Volumen 217-228 Séptima Parte
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Sala:
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Sala auxiliar
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Tesis:
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5a.
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Página:
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220
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RELACION DE TRABAJO, PRUEBA DE LA EXISTENCIA DE LA, SI SE OPONE PRESCRIPCION.
Cuando la parte demandada no opone la excepción de prescripción para el caso de que la acción deducida sea acreditada, sino que, lejos de señalar tal salvedad o petición ad cautelam, hace valer dicha excepción en forma lisa y llana, esta circunstancia implica el reconocimiento jurídico de la existencia de la relación laboral que lo vincula con el actor.
Amparo directo 5563/85. Julio César Méndez Torres. 19 de marzo de 1987. Unanimidad de 4 votos. Ponente: Víctor Manuel Franco Pérez.
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