Jurisprudencias de la Suprema Corte de Justicia de la Nación
Jurisconsulta SCJN
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Epoca: Séptima Epoca  
Libro: Volumen 217-228 Séptima Parte
Sala: Sala auxiliar
Tesis: 5a.  
Página: 213  

PRUEBA CONFESIONAL, OBJETO DE LA.

La prueba confesional tiende a recoger confesiones expresas del absolvente de hechos que puedan beneficiar al oferente de dicha probanza y no respuestas negativas, máxime si éstas son de un codemandado, ya que al respecto se hace notar que la confesión sólo produce efectos en lo que perjudica a quien la hace, conforme al artículo 410 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal.

Amparo directo 1605/86. Sebastián Nogueira Mota y otro. 10 de febrero de 1987. Unanimidad de 4 votos. Ponente: Víctor Manuel Franco Pérez.