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Epoca:
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Séptima Epoca
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Libro:
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Volumen 217-228 Séptima Parte
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Sala:
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Sala auxiliar
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Tesis:
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5a.
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Página:
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213
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PRUEBA CONFESIONAL, OBJETO DE LA.
La prueba confesional tiende a recoger confesiones expresas del absolvente de hechos que puedan beneficiar al oferente de dicha probanza y no respuestas negativas, máxime si éstas son de un codemandado, ya que al respecto se hace notar que la confesión sólo produce efectos en lo que perjudica a quien la hace, conforme al artículo 410 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal.
Amparo directo 1605/86. Sebastián Nogueira Mota y otro. 10 de febrero de 1987. Unanimidad de 4 votos. Ponente: Víctor Manuel Franco Pérez.
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