Jurisprudencias de la Suprema Corte de Justicia de la Nación
Jurisconsulta SCJN
Jurisconsulta SCJN
Epoca: Séptima Epoca  
Libro: Volumen 217-228 Séptima Parte
Sala: Sala auxiliar
Tesis: 5a.  
Página: 208  

PETROLEROS FALLECIDOS, BENEFICIARIOS Y ACREEDORES ALIMENTICIOS DE LOS.

Respecto del seguro de vida y la pensión post mortem, la cláusula 147 del Contrato Colectivo de Pemex permite al trabajador designar libremente al 50% de sus beneficiarios, pero no puede privar del 50% restante a la esposa que recibe de él una pensión alimenticia por ese porcentaje de sus prestaciones, ni a los hijos que tuvo con ella.

Amparo directo 3717/86. Luz Carmona Juárez y otros. 22 de octubre 1987. Unanimidad de 4 votos. Ponente: Guillermo Guzmán Orozco.