Jurisprudencias de la Suprema Corte de Justicia de la Nación
Jurisconsulta SCJN
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Epoca: Séptima Epoca  
Libro: Volumen 217-228 Séptima Parte
Sala: Sala auxiliar
Tesis: 5a.  
Página: 207  

PENSION DE VIUDEZ. DETERMINACION CIVIL DE ESTA CALIDAD.

El derecho a la pensión de viudez depende de la calidad de esposa, dependiera o no económicamente del trabajador, hubieran vivido juntos o separados. Pero cuando son dos las personas que se ostentan como tales, acreditando debidamente serlo, son competentes las autoridades civiles, para decidir cuál de las actas es válida o cuál es nula.

Amparo directo 238/86. Marbella Gallegos Marina. 16 de noviembre de 1987. Mayoría de 4 votos. Ponente: Martha Chávez Padrón. Disidente: Guillermo Guzmán Orozco.