Jurisprudencias de la Suprema Corte de Justicia de la Nación
Jurisconsulta SCJN
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Epoca: Sexta Epoca  
Libro: Volumen CXXXVIII, Quinta Parte
Sala: Cuarta Sala
Tesis: 4a.  
Página: 49  

FALTAS DE ASISTENCIA INJUSTIFICADAS, COMPUTO DEL TERMINO DE LA PRESCRIPCION DE LA ACCION RESCISORIA EN CASO DE.

Si el artículo 121 (hoy 122), fracción X, de la Ley Federal del Trabajo, establece como causa de rescisión del contrato de trabajo, tener el trabajador más de tres faltas de asistencia en un mes sin permiso del patrón y sin causa justificada, debe concluirse que la acción de rescisión surge cuando se comete la cuarta falta y por ello desde entonces empieza a correr el término de la prescripción.

Volumen XXXVI, Quinta Parte, Pág. 91. Amparo directo 6697/58. Joaquín García Guerrero. 22 de junio de 1960. Unanimidad de 4 votos. Ponente: Mariano Azuela

Volumen LXXI, Quinta Parte, Pág. 12. Amparo directo 7333/62. Armando Arellano Cassani. 8 de mayo de 1963. 5 votos. Ponente: Adalberto Padilla Ascencio.

Volumen LXXIII, Quinta Parte, Pág. 24. Amparo directo 8587/62. Bernardo Gómez Perales. 11 de julio de 1963. 5 votos. Ponente: Adalberto Padilla Ascencio.

Volumen LXXXVII, Quinta Parte, Pág. 16. Amparo directo 8780/61. Ricardo Acevedo Ramírez. 23 de septiembre de 1964. 5 votos. Ponente: Adalberto Padilla Ascencio.

Volumen LXXXVII, Quinta Parte, Pág. 18. Amparo directo 8127/62. Misael Gil Alarcón. 3 de septiembre de 1964. 5 votos. Ponente: Agapito Pozo.