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Epoca:
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Quinta Epoca
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Libro:
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Tomo CXXXII
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Sala:
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Primera Sala
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Tesis:
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1a.
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Página:
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180
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JUEZ CONSTITUCIONAL, ES DE DERECHO Y NO DE CONCIENCIA.
El juez constitucional es un juez de derecho y no de conciencia, que sólo debe atender al juicio de valor en el orden jurisdiccional, cuando éste ha discernido el valor que en derecho corresponde a las constancias de autos, y del privilegio de su inmediación o inmediatividad respecto de al apreciación de las pruebas.
Amparo directo 2403/56. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 29 de abril de 1957. Mayoría de tres votos. Disidentes: Luis Chico Goerne y Genaro Ruiz de Chávez. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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