Jurisprudencias de la Suprema Corte de Justicia de la Nación
Jurisconsulta SCJN
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Epoca: Quinta Epoca  
Libro: Tomo CXXXII
Sala: Primera Sala
Tesis: 1a.  
Página: 137  

TESTIGOS, VALOR PROBATORIO DEL DICHO DE LOS.

Si los testigos han convenido substancialmente en los hechos, y sólo difieren en circunstancias intrascendentes, tales circunstancias no influyen para invalidar la fuerza probatoria de su dicho.

Amparo directo 5561/56. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 23 de abril de l957. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.