Jurisprudencias de la Suprema Corte de Justicia de la Nación
Jurisconsulta SCJN
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Epoca: Quinta Epoca  
Libro: Tomo CXXXII
Sala: Primera Sala
Tesis: 1a.  
Página: 341  

RIÑA, INEXISTENCIA DE LA MODALIDAD DE LA.

Si en el sumario se encuentra probado que únicamente existió entre el occiso y el quejoso un intercambio de palabras pero no la contienda de obra, resulta inconcuso que no puede tener existencia la modalidad atenuante de la riña.

Amparo directo 787/54. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 12 de junio de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Carlos Franco Sodi.