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Epoca:
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Quinta Epoca
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Libro:
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Tomo CXXXII
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Sala:
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Primera Sala
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Tesis:
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1a.
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Página:
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341
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RIÑA, INEXISTENCIA DE LA MODALIDAD DE LA.
Si en el sumario se encuentra probado que únicamente existió entre el occiso y el quejoso un intercambio de palabras pero no la contienda de obra, resulta inconcuso que no puede tener existencia la modalidad atenuante de la riña.
Amparo directo 787/54. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 12 de junio de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Carlos Franco Sodi.
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