Jurisprudencias de la Suprema Corte de Justicia de la Nación
Jurisconsulta SCJN
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Epoca: Quinta Epoca  
Libro: Tomo CXXXII
Sala: Primera Sala
Tesis: 1a.  
Página: 311  

PECULADO CONTRA LOS BIENES DE UNA INSTITUCION DE PARTICIPACION ESTATAL.

El hecho de que en una institución tenga el cincuenta por ciento de las acciones del gobierno, y además que éste pueda nombrar a la mayoría de los miembros del consejo de administración o de la junta directiva, o de aprobar o vetar las resoluciones que la asamblea o el consejo tomen, es una circunstancia que le da el carácter de institución de participación estatal y, en esa virtud, los delitos que los empleados de las mismas cometan en contra de los bienes de las propias instituciones, no pueden configurar el delito de abuso de confianza sino el de peculado.

Amparo directo 7791/49. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 6 de junio de 1957. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.