|
Epoca:
|
Quinta Epoca
|
|
Libro:
|
Tomo CXXXII
|
|
Sala:
|
Primera Sala
|
|
Tesis:
|
1a.
|
|
Página:
|
181
|
|
LESIONES, COMPROBACION DEL CUERPO DEL DELITO DE.
Bien sabido es, que el delito de lesiones se caracteriza por toda alteración de la salud o de la integridad corporal del ofendido, y la circunstancia de que no se hubiera dado fe judicial no destruye el tipo delictivo, supuesto, que tal figura delictiva, no tiene señalada prueba especial para su comprobación.
Amparo directo 4369/56. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 29 de abril de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Luis Chico Goerne.
|
|
|
|