Jurisprudencias de la Suprema Corte de Justicia de la Nación
Jurisconsulta SCJN
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Epoca: Quinta Epoca  
Libro: Tomo CXXXII
Sala: Primera Sala
Tesis: 1a.  
Página: 78  

DICTAMENES PERICIALES, VALORACION DE LOS.

El hecho de que el juzgador descarte el dictamen del perito de la defensa y conceda relevancia al parte del perito oficial, no implica violación a la técnica que rige la apreciación de las pruebas, ya que siendo el órgano jurisdiccional el más alto de los sujetos procesales, está en posibilidad de discernir a los datos de convicción que valúa el valor demostrativo que en derecho les corresponde.

Amparo directo 121/56. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 10 de abril de l957. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Luis Chico Goerne.